La LTC exigirá a determinadas entidades (denominadas "empresas declarantes") que faciliten información sobre las propias empresas, sus "beneficiarios efectivos" y los solicitantes de la empresa (las personas que firmaron los documentos de constitución y formación para crear la entidad). A efectos de la LTC, los beneficiarios efectivos no son sólo las personas que muchos considerarían propietarias de una entidad. Por el contrario, un beneficiario efectivo también incluye a cualquier persona física que, directa o indirectamente, (i) ejerza un "control sustancial" sobre una sociedad declarante o (ii) posea o controle al menos el 25 por ciento de las participaciones de propiedad de dicha sociedad declarante.
Hay muchas frases clave en esta definición, como "directa o indirectamente", "control sustancial", "posee o controla" y "participaciones". Cada uno de estos términos se define en la norma final de la FinCEN, y en general da lugar a una serie de normas muy amplias destinadas a incluir al mayor número posible de personas que podrían influir potencialmente en el funcionamiento de la entidad.
Las empresas que existían a 31 de diciembre de 2023 deberán presentar el informe inicial a más tardar el 1 de enero de 2025. Sin embargo, las entidades constituidas a partir del 1 de enero de 2024 deberán presentar el informe a más tardar 30 días después de su constitución. Dado que 30 días es tan poco tiempo para recopilar toda la información requerida, debería considerarse la posibilidad de constituir las entidades previstas para principios de 2024 no más tarde del 31 de diciembre de 2023, con el fin de ampliar el plazo de presentación de informes.
Cada empresa declarante debe presentar su informe inicial en línea al FinCEN. El sistema de presentación segura (Beneficial Ownership Secure System o "BOSS") estará disponible a través de un portal de presentación en línea del FinCEN a partir del 1 de enero de 2024.
El reporte inicial debe incluir información muy específica, como el nombre legal completo y cualquier nombre comercial de la empresa declarante, una dirección completa de la empresa declarante y el número de identificación fiscal de la empresa declarante. Cabe señalar que una dirección de apartado de correos o la dirección del abogado que constituyó la entidad no será una dirección aceptable. Además, el informe debe incluir información detallada sobre cada beneficiario efectivo y cada solicitante de la empresa: nombre legal completo, fecha de nacimiento, dirección residencial actual completa, un número de identificación único de determinados documentos oficiales de identificación gubernamental (por ejemplo, pasaporte válido o permiso de conducir expedido por el gobierno), y debe cargarse en el portal una copia del documento utilizado. Por último, la empresa declarante debe certificar que la información declarada es veraz, exacta y completa.
Sí. Hay 23 excepciones a los requisitos de información de la LTC, pero las excepciones se aplican principalmente a las grandes empresas con más de 20 empleados e ingresos brutos superiores a 5 millones de dólares, organizaciones sin ánimo de lucro y empresas que ya están sujetas a normativas importantes. Por lo tanto, estos nuevos requisitos de la LTC están pensados para afectar principalmente a las pequeñas empresas como la suya.
En realidad, no. ... Para las empresas declarantes creadas antes del 1 de enero de 2024, la declaración inicial debe presentarse a más tardar el 1 de enero de 2025. Y, para las empresas creadas a partir del 1 de enero de 2024, la presentación inicial deberá efectuarse a más tardar 30 días después de la constitución de la empresa.
Además, cualquier cambio o corrección de la información requerirá que la información comunicada se actualice en un plazo de 30 días a partir de cualquier cambio. Por ejemplo, si una sociedad declarante pertenece en su totalidad a A y A se traslada, la sociedad declarante deberá presentar un informe actualizado en un plazo de 30 días a partir del traslado de A. Si A contrae matrimonio (o se divorcia) y cambia de nombre, deberá presentar un informe actualizado en un plazo de 30 días a partir del cambio de nombre. Por lo tanto, además de la declaración inicial, también existe la obligación de actualizar, corregir y notificar cualquier cambio en la información declarada inicialmente. La obligación de declarar es continua.
Las sanciones por no comunicar a la FinCEN información completa o actualizada sobre la titularidad real o por facilitar o intentar facilitar deliberadamente información falsa o fraudulenta sobre la titularidad real son considerables. Existen sanciones civiles y penales por infracciones de hasta 500 dólares al día, multas de hasta 10.000 dólares y hasta 2 años de prisión.
Hay medidas que puede tomar ahora para minimizar o retrasar cualquier posible requisito de presentación de CTA.
En primer lugar, si posee participaciones en entidades antiguas que siguen existiendo pero que ya no sirven para nada, debería considerar seriamente la posibilidad de disolver dichas entidades antes del 31 de diciembre de 2023 y disolverlas formalmente. Estaremos encantados de ayudarle en esta tarea y de analizar con usted los pros y los contras de disolver una entidad concreta. Para las empresas que se disuelvan formalmente el 31 de diciembre de 2023 o antes, no habrá requisitos de información en virtud de la LTC. (NOTA: Una sociedad formalmente disuelta es diferente de una sociedad inactiva).
En segundo lugar, si está considerando crear una nueva entidad y puede hacerlo razonablemente, debería considerar la creación de dicha entidad antes del 31 de diciembre de 2023. Este paso le dará tiempo adicional para completar la diligencia debida necesaria para el cumplimiento del informe de CTA, ya que el informe inicial no debería presentarse hasta el 1 de enero de 2025.
Además, puede tomar medidas para asegurarse de que, en la medida en que usted pueda ser un beneficiario efectivo, o una persona responsable de garantizar que una empresa declarante cumpla con la LTC, disponga de toda la información necesaria para el cumplimiento oportuno.
Estamos preparados para ayudarle a comprender sus obligaciones en virtud de la LTC y a determinar quién puede ser un beneficiario efectivo. También nos comprometemos a seguir de cerca las actualizaciones de las normas de la LTC y a compartir lo que aprendamos con nuestros clientes y en nuestro sitio web.
Para saber si tiene la obligación de informar en virtud de la LTC, puede realizar el cuestionario de la LTC.
Sólo estamos trabajando en el cumplimiento de la CTA para los clientes que contratan formalmente a la empresa para hacerlo. Si desea contratarnos para trabajar con usted en cualquier asunto relacionado con el cumplimiento de las CTA, llame a nuestra oficina al (954) 963-7220, o envíenos un correo electrónico a cta@menendezlawfirm.com.
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